Una medida de conciliación familiar con el trabajo que en líneas generales es de fácil y rápida de aplicar, es la implantación de un horario flexible, el cual puede tener un margen más o menos amplio según sean las necesidades y características de la empresa y del puesto de trabajo.
De esta forma, dado que los trabajadores tienen que realizar un número concreto de horas de trabajo, se puede tomar como referencia ese número de horas en cómputo anual, mensual, semanal o diario, para proporcionar una cierta libertad a la hora de realizar el horario y cumpliendo al mismo tiempo con las horas laborales fijadas en el convenio.
NOTA: Independientemente del periodo del cómputo, según sea necesario para la organización del trabajo, se podría exigir como condición que una vez elegido el horario éste no se variara o que una vez adoptado un horario fuera comunicado a la empresa por adelantado si éste cambiara.
También otra forma de flexibilidad horaria, es permitir a los trabajadores acumular un déficit de horas semanales, mensuales o anuales, para después en un determinado plazo, recuperarlas.
NOTA: Con esta opción, habría que controlar los descansos mínimos establecidos en el Estatuto de los Trabajadores y en el convenio de aplicación (Trabajo a turnos).
Pero, ¿LA EMPRESA ESTÁ OBLIGADA A CAMBIAR EL HORARIO DE UN TRABAJADOR SI ÉSTE SE LO SOLICITA PARA PODER RECOGER A SUS HIJOS?
La empresa, a no ser que el convenio o el plan de igualdad (si existe en la empresa) establezca algo al respecto, no se encuentra obligada a modificar el horario de su trabajador para adaptarlo al del colegio.
No obstante, los tribunales han matizado esta no obligación de aceptar la modificación del horario por cuestiones de conciliación familiar.
Así, no es válido denegar la solicitud sin acreditar razones organizativas, técnicas o productivas que justifiquen la negativa, siendo necesario que éstas sean concretas y no alegadas de forma genérica.
La necesidad de esta justificación, es debida a que el derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral tiene también una dimensión constitucional, por lo que deberá de existir un equilibrio entre el derecho a la conciliación y el de organización y dirección empresarial.
Ejemplos de situaciones en los se podría negar la solicitud
- Si el trabajador trabaja de cara al público o en una cadena de producción, no siendo posible su recolocación en otras tareas o puesto de trabajo.
- Si el trabajador propone trabajar fuera del horario de la empresa.
Ejemplos de situaciones en los que sería razonable aceptar la solicitud.
- Si el trabajador realizar tareas comerciales y de acuerdo con el horario propuesto, coincide con el de los clientes o potenciales clientes.
- Si el trabajador no tiene que interactuar de forma continuada con sus compañeros o superiores.
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