El pasado 16 de febrero fueron publicadas en el Boletín Oficial de Aragón unas modificaciones en las bases reguladoras de las subvenciones para la contratación de personas con discapacidad.
Estas subvenciones a modo resumen están destinadas para empresas y autónomos de Aragón que contraten a personas desempleadas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Enumerativamente, las contrataciones que pueden beneficiarse de estas subvenciones son las contrataciones indefinidas, las temporales (mínimo de 12 meses), transformaciones a indefinidos y las contrataciones de trabajadores procedentes de enclaves laborales (Tabla resumen Subvenciones Contratación Discapacitados)
Además, también se proporcionan ayudas para la adaptación de los puestos de trabajo, siendo estas ayudas donde se han producido la mayor parte de las modificaciones y son las que explicaremos a continuación.
Estas ayuda consistirán en una subvención de hasta 1.200 euros para la adaptación del puesto de trabajo ocupado por una persona con discapacidad. El contrato por el que se tiene que estar vinculado a la empresa puede ser indefinido, de prácticas, de formación y aprendizaje o temporales, siendo la duración de todos estos contratos igual o superior a 12 meses. También será aplicable a los supuestos de discapacidad sobrevenida reconocida con posterioridad a la contratación.
NOTA: Para recibir esta ayuda, se deberá contar con el informe favorable de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, salvo en los servicios de adaptación de interpretación.
El importe de la ayuda será destinado para la adaptación de los puestos de trabajo, eliminación de barreras, obstáculos, trabas o impedimentos de carácter permanente o temporal que dificulten o limiten la accesibilidad de las personas con discapacidad a sus puesto de trabajo o el desempeño del mismo, o que impidan u obstaculicen la comunicación oral/auditiva. Serán subvencionables:
- Eliminación o adaptación de barreras arquitectónicas en infraestructuras y edificaciones.
- Adaptación de elementos de transporte, máquinas, herramientas y de otros equipos productivos.
- Adaptación o adquisición de mobiliario adaptado.
- Adquisición de ayudas y dispositivos técnicos adaptados, destinados a procurar los medios oportunos para la correcta utilización de las TIC.
- Servicios de interpretación en legua de signos española y lengua oral (durante el primer año)
- Cualquier otro elemento o adaptación que contribuya a facilitar la accesibilidad, movilidad y autónoma del trabajador con discapacidad.
Síguenos en
Recibe todas las novedades
Últimas noticias


Al subir el SMI, ¿cobraré más en la nómina?

¿Cuanto tiempo hay que guardar la documentación de la empresa?

Despido por ausencias en el trabajo
CONTACTO
Cl. Doctor Fleming, 16, 1º A
Ejea de los Caballeros (Zaragoza)
Tel./Fax: 976 66 07 07
SOBRE NOSOTROS
Asesoría Arba nace como asesoría laboral hace 30 años, crece ampliando sus servicios de asesoramiento a otros ámbitos de las empresas y autónomos, y se mantiene en constante actualización y adaptación ante los continuos cambios normativos ayudando a las empresas en su día a día.