Cuando los hijos nacidos prematuros o que, por cualquier causa, tienen que permanecer hospitalizados a continuación del parto, la madre o el padre tienen derecho a:
- Un permiso retribuido de una hora para ausentarse en el trabajo mientras dure el ingreso hospitalario. En la comunicación a realizar, se deberá indicar a qué hora se va a hacer uso del permiso, el nuevo horario de trabajo una vez aplicado el permiso y la duración del permiso.
- O a una reducción de jornada de dos horas con la reducción proporcional de salario. La concreción horario de esta reducción corresponde al empleado dentro de su jornada ordinaria, y deberá comunicárselo a la empresa con una antelación mínima (salvo fuerza mayor) de 15 días o la establecida en el convenio (tanto para el inicio como para el cese de la reducción), indicando también en que fecha se iniciará y finalizará la reducción de jornada.
NOTA: Para el cálculo de la prestación por desempleo, las bases de cotización se computarán incrementadas hasta el 100% de la cuantía correspondiente a la jornada sin reducción. Lo mismo ocurre a efectos del cálculo de posibles indemnizaciones por despido.
El permiso para ausentarse una hora y la reducción de jornada de dos horas no son incompatibles, es decir, que el trabajador podrá ausentarse una hora al trabajo y reducir su jornada 2 horas al mismo tiempo.
No obstante, si los dos progenitores trabajan en la misma empresa y solicitan el permiso o la reducción de jornada para disfrutarlos de forma simultánea, la empresa podrá limitar el ejercicio simultáneo de estos derecho por razones justificadas de funcionamiento de la empresa, pudiendo incluso denegarlo a uno de ellos (art. 37.4 del ET).
Aparte de este permiso y de la reducción de jornada, también:
- Se podría solicitar el permiso retribuido ordinario de dos días (o la establecida por convenio) por hospitalización de familiar.
- Ampliar el permiso de maternidad en el caso de que el hijo prematuro permanezca ingresado más de 7 días. El permiso se ampliaría tantos días como el nacido se encuentre hospitalizado con un máximo de 13 semanas adicionales.
- Suspender el permiso de maternidad hasta el alta hospitalaria del menor y la percepción de la correspondiente prestación, salvo las 6 semanas posteriores al parto, y volver a reanudarlo a partir del alta hospitalaria del menor.
- Suspender el permiso de paternidad hasta el alta hospitalaria del menor.
Veamos a continuación un par de ejemplos de distintas opciones de disfrutar de estos permisos:
- Ampliación Maternidad: 16 semanas de permiso de maternidad + días que el nacido se encuentre ingresado (si permanece ingresado más de 7 días).
- Suspender Maternidad: Permiso maternidad 6 semanas obligatorias + suspensión del permiso hasta alta hospitalaria pudiendo ausentarse 1 hora o reducir jornada 2 horas + reanudación del permiso maternidad por las 10 semanas restantes + días en que se ha ampliado el permiso de maternidad por el ingreso (máximo 13 semanas)
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