En los nacimientos de hijo, adopción o acogimiento, los trabajadores tienen derecho a disfrutar del permiso de lactancia hasta que el menor cumpla los 9 meses. Para ello, existen 3 formas de disfrutar de este permiso según el artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores (ET). Hasta aquí, es más o menos conocido, pero pueden surgir varias dudas:
¿Lo puede disfrutar tanto hombres como mujeres?
¿Si se está a contratado a tiempo parcial, se reduce proporcionalmente el permiso?
¿Se amplía el permiso en los casos de parto múltiple?
¿Se puede solicitar una excedencia tras el disfrute de la lactancia?
¿Puede disfrutar el padre la lactancia si la madre aún se encuentra de baja de maternidad?