Le despido pagándole la indemnización máxima

Aunque este cambio normativo entró en vigor hace ya más de 7 años, concretamente el 10 de febrero de 2012 con el RD Ley 3/2012, no suele ser muy conocido que en la actualidad no es posible que el empresario reconozca la improcedencia del despido en el propio acto del despido, es decir, ya no se puede despedir al trabajador en la propia empresa pagándole la máxima indemnización si no que es necesario acudir al SMAC.